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l TSJM avala la instrucción de Velázquez en la que prohibió a los guardias civiles manifestarse junto a policías.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha avalado la instrucción emitida por el Director General de la Policía y la Guardia Civil, Francisco Javier Velázquez, en la que prohibía a los miembros del Instituto Armado manifestarse junto a policías nacionales en una concentración que tuvo lugar el 18 de octubre en Madrid en defensa de mejoras laborales para ambos cuerpos. 

De este modo, el tribunal autonómico desestima un recurso que contra esa decisión presentó la Unión de Oficiales Profesionales de la Guardia Civil que consideraba vulnerado su derecho de reunión.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, argumenta que los agentes del Instituto Armado pueden asistir a manifestaciones "a titulo individual", pero "sin portar armas, ni el uniforme y respetando la neutralidad propia de la condición de guardia civil". En ese sentido, añade que "es inconcebible que la asistencia de un guardia civil a ese acto no lo fuera en su condición de tal y si en la de simple ciudadano, pues eran sus derecho o intereses corporativos el objeto de la manifestación". 

"Además, difícilmente puede decirse que esa asistencia, aun cuando fuera aparentemente a titulo individual, dispusiera de naturaleza anónima", añade la resolución de la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo que respalda así aquella instrucción dictada el 16 de octubre de 2008 en la que se ponía de manifiesto la normativa aplicable al derecho de manifestación de los guardias civiles y afirmaba que la manifestación convocada tenían "una clara consideración de acto sindical". 

El TSJM adopta esta decisión compartiendo el criterio de la Fiscalía y la Abogacía del Estado, que defendieron que el derecho de reunión y manifestación "no es absoluto ni ilimitado". 

24.000 EUROS POR DAÑOS MORALES 

La Unión de Oficiales solicitaba la nulidad de la instrucción y además pedía ser indemnizada con 24.000 euros "por los daños morales y económicos sufridos como consecuencia directa de la promulgación de la resolución recurrida". 

La manifestación fue convocada por dos asociaciones de Guardias Civiles (AUGC y OU) y por cuatro sindicatos policiales (SUP, CEP, UFP y SPP) bajos los lemas "En defensa de la Policía, el Estado y la seguridad pública", "Por una seguridad pública de calidad" y "Dignidad económica y profesional para la Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado". 

MADRID, 21 Abr. (EUROPA PRESS) - 

J. A. R. - Madrid - 22/04/2010 
El Tribunal Superior de Madrid considera que los guardias civiles no tienen derecho a participar en protestas sindicales para reivindicar derechos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. 
La Sala de lo Contencioso Administrativo asegura que el veto a los guardias civiles a acudir a protestas políticas o sindicales no puede ser genérico. Pero cree que los agentes que acudieron a la manifestación del 18 de octubre de 2008 convocada por sindicatos policiales vulneraron la ley de derechos y obligaciones de la Guardia Civil, porque "es inconcebible" que no lo hicieran en condición de tales, aun si lo hicieron "de forma anónima". 

La resolución rechaza un recurso de Unión de Oficiales de la Guardia Civil contra un escrito del director general que prohibía a los agentes ir a dicha marcha por su carácter sindical. El tribunal no veta el que los agentes (sin uniforme) puedan acudir a una protesta, salvo si reivindican cuestiones sindicales relacionadas con el cuerpo, ya que violan su obligación de neutralidad.






 

 

 
 
 
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